Análisis

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 23 mayo 2023, [rec. 598/2023]

Caso: La empresa despide a un Empleado con contrato temporal durante su baja médica. El Empleado interpone demanda de despido nulo alegando que el contrato temporal se celebró en fraude de ley (por falta de causa temporal para contratar) y que se encontraba de baja médica cuando se produjo el cese. El Juzgado de Primera Instancia da la razón parcialmente al trabajador declarando el despido improcedente por falta de causa temporal, pero no declara el despido nulo. Sin embargo, en apelación, el TSJ de Asturias lo declara nulo.

Observaciones: La fundamentación jurídica para declarar la extinción como despido nulo se basó en los siguientes motivos:

  • Inexistencia de motivo directo o indirecto que fundamentara el despido del trabajador aparte del hecho de que se encontraba de baja por enfermedad: indicio indirecto de discriminación.
  • El contrato temporal fue declarado fraudulento por ausencia de causa temporal por lo que, como consecuencia, se convirtió en indefinido.

Implicaciones: La Ley 15/2022 establece una presunción indirecta de protección frente al despido a favor de los trabajadores que se encuentren de baja por enfermedad. Desde el punto de vista jurídico, no se trata de una protección automática, sino que la carga de la prueba para demostrar la existencia de causas ajenas a la baja debe recaer en la Empresa. Los Juzgados de lo Social y Tribunales Superiores de Justicia se encuentran actualmente divididos a la espera de que el Tribunal Supremo determine la doctrina definitiva a aplicar. En la práctica, las empresas deben mitigar los riesgos legales redactando cartas de despido detalladas que justifiquen causas objetivas o disciplinarias concretas para fundamentar los despidos de trabajadores durante su baja laboral, rompiendo así el nexo causal entre el cese y la baja médica.

  • Posición defensora de la discriminación indirecta: un despido durante una baja laboral no es nulo de pleno derecho: STSJ Madrid 10 de mayo de 2023 (rec. 118/2023); SJS Valladolid 31 de marzo de 2023 (rec. 634/2022); SJS Vigo 15 de febrero de 2023 (rec. 573/2022).
  • Posición en defensa de la discriminación automática y protección de EE en baja laboral: SJS Pamplona 4 de abril de 2023 (rec. 738/2022); SJS Burgos 27 de febrero de 2023 (rec. 758/2022); SJS Granada 15 de febrero de 2023 (rec. 753/2022).